Un juez federal aplazó para el próximo 20 de octubre la audiencia inicial del contralmirante Fernando Farías Laguna, señalado por la Fiscalía General de la República (FGR) de presuntamente liderar la red criminal de Los Primos, dedicada al huachicol fiscal.
Mario Elizondo, juez de control del Centro de Justicia Penal Federal adscrito al penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, resolvió aplazar la diligencia programada debido a que la defensa del mando naval informó que la FGR no les entregó la totalidad de la carpeta de investigación.
Según la defensa, la FGR hizo entrega el día anterior de la carpeta FED/FEMDO/FEIORPIFAM-CDMX/0000568/2024, con un volumen aproximado de 18,838 páginas, pero con faltantes y discos vacíos. Además, no se incluyó el video denominado “Mx.país.huachicol”, previamente disponible en YouTube, que fue analizado por Miguel Ángel Pérez, analista del Centro de Inteligencia Criminal, y en el que se señalan a Fernando Farías y a su hermano, el vicealmirante Manuel Roberto, como presuntos líderes del grupo delictivo Los Primos.
Los hermanos son sobrinos del exsecretario de Marina, Rafael Ojeda Durán. También faltan anexos relacionados con un oficio firmado por el capitán de fragata y Director de Justicia Naval, Alberto Aguilar Neri.
La defensa informó al juez que la fiscalía incumplió con su obligación de garantizar el derecho a una adecuada defensa, por lo que solicitó la reprogramación de la audiencia inicial y que se entreguen todos los registros pendientes.
Cabe mencionar que el contralmirante cuenta con una suspensión provisional otorgada por la jueza Emma Cristina Carlos Ávalos, del Décimo Primer Distrito en la Ciudad de México, la cual impide que se ejecute en su contra la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, en caso de ser vinculado a proceso por el delito de delincuencia organizada con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos.
El fallo establece que: “No podrá ser privado de su libertad, aunque comparezca ante el juez de control a la audiencia inicial y eventualmente se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva (justificada u oficiosa), toda vez que dicha medida no será ejecutable durante la suspensión concedida, ya que el solicitante está bajo la jurisdicción del Juez de Distrito en lo que respecta a su libertad personal, siempre que la suspensión siga vigente”.
