La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 413 votos, reformas al Código Penal Federal para elevar las sanciones por el delito de despojo y establecer agravantes cuando este ilícito se cometa contra personas adultas mayores, personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad. El dictamen fue turnado al Senado para los efectos constitucionales.
La modificación al artículo 395 incrementa la pena a un rango de seis a diez años de prisión y multa de quinientas a dos mil Unidades de Medida y Actualización para quien ocupe un inmueble ajeno o haga uso de él mediante violencia, amenazas, engaños o de manera furtiva, así como para quien ejerza actos de dominio sobre un bien propio que se encuentre legalmente en posesión de otra persona. La disposición también incluye los casos de despojo de aguas.
Además, con la incorporación del artículo 395 Bis, estas penas podrán aumentar hasta en una mitad cuando el delito se cometa en perjuicio de personas adultas mayores, personas con discapacidad, personas en situación de vulnerabilidad o cuando intervenga una persona servidora pública. En tanto, la reforma al artículo 396 establece que las sanciones previstas se sumarán a las que correspondan por la violencia o amenazas utilizadas.
Durante la presentación del dictamen, el diputado Gerardo Ulloa Pérez, de Morena, señaló que el despojo es un problema que afecta a miles de familias y que ha crecido de manera sostenida en distintas entidades. Indicó que tan solo en el Estado de México se han registrado más de 42 mil casos entre 2015 y 2025, especialmente en municipios como Nezahualcóyotl, Ecatepec, Chimalhuacán, Chalco y Tecámac.
Ulloa sostuvo que esta conducta delictiva vulnera el derecho a la propiedad y genera temor en quienes temen perder su patrimonio. Afirmó que el aumento de penas también busca inhibir la participación de servidores públicos, al considerar que la complicidad, omisión o complacencia de autoridades ha contribuido al crecimiento de este delito.
