La Suprema Corte respaldó el nuevo mecanismo del Instituto Nacional Electoral (INE) para revisar posibles riesgos vinculados con quienes busquen una candidatura, al considerar constitucional la reforma que entrará en operación rumbo al proceso electoral de 2027.
El Pleno resolvió la acción 84/2026, promovida por Alejandro Moreno Cárdenas, presidente nacional del PRI, contra las modificaciones a la LGIPE. Bajo la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, la Corte desestimó los argumentos de invalidez y reconoció la constitucionalidad de la reforma.
El artículo 200 Bis establece una Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del INE. El órgano puede recibir voluntariamente listas de aspirantes de partidos e independientes y solicitar a instituciones de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y del sistema financiero información para elaborar un análisis de riesgo.
La información será entregada a los partidos o aspirantes, pero no determinará automáticamente quién puede ser candidato. La Corte precisó que el mecanismo no crea una nueva causa de inelegibilidad, no es una sanción y no afecta el derecho a ser votado de quien decida no participar.
El Pleno también rechazó acotar la revisión únicamente a delincuencia organizada. Con ello, el análisis podrá considerar posibles vínculos con actividades delictivas en general.
La resolución establece además que la información deberá manejarse bajo reglas de confidencialidad y protección de datos personales, mientras que el INE mantiene la rectoría del procedimiento.
La reforma había sido impugnada por el PRI bajo argumentos relacionados con el derecho a ser votado y la presunción de inocencia, sin que la Corte les diera la razón.
