La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la legalidad del decreto mediante el cual se ordenó la desaparición de 109 fideicomisos y fondos públicos, emitido en noviembre de 2020 durante el gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, al determinar que la medida no vulneró el federalismo ni invadió competencias de las entidades federativas.
El pleno del máximo tribunal resolvió por unanimidad las controversias constitucionales promovidas por los gobiernos de Michoacán, Tamaulipas, Chihuahua, Guanajuato, Aguascalientes, Coahuila, Nuevo León y Jalisco, al concluir que los estados no acreditaron afectaciones directas a sus atribuciones constitucionales derivadas de la extinción de dichos instrumentos financieros.
Durante la discusión, el ministro ponente Arístides Guerrero García señaló que no existían elementos jurídicos suficientes para invalidar el decreto, mientras que algunos ministros expusieron consideraciones particulares sobre ciertos fideicomisos, como el destinado a la atención a víctimas, sin que ello modificara el sentido del fallo.
La Corte también retomó argumentos relacionados con la falta de transparencia y control en la operación de varios de los fideicomisos eliminados, lo que, a juicio de los ministros, reforzó la validez constitucional de la decisión adoptada en el sexenio anterior, con lo que se cierra el proceso judicial iniciado tras la publicación del decreto.
